02.4.1. La conciencia (1) en general

02. Moral fundamental. 4. La conciencia. 1. En general.

Etimológicamente, la palabra conciencia parece provenir del latín cum scientia, esto es, conocimiento. Cicerón y Santo Tomás le dan el sentido de conciencia común con otros: Unde conscire quasi simul scire1. La palabra tiene en realidad dos sentidos en el diccionario: i) expresa el conocimiento que el alma tiene de sí misma o de sus propios actos (conciencia psicológica); ii) designa el juicio del entendimiento práctico sobre la bondad o maldad de un acto (conciencia moral). La conciencia moral se puede definir como el dictamen o juicio del entendimiento práctico acerca de la moralidad del acto que vamos a realizar o hemos realizado ya, según los principios morales.

No es una potencia, como el entendimiento, o un hábito, como la ciencia, sino un acto producido por el entendimiento a través del hábito de la prudencia adquirida o infusa. Consiste ese acto en aplicar los principios de la ciencia a algún acto particular que hemos realizado o vamos a realizar. Evalúa según los principios morales de la fe y la razón natural, aplicándolos al caso particular. No juzga, en modo alguno, los principios de la ley natural o divina, sino únicamente si el acto se ajusta o no a esos principios.

Existen los siguientes tipos:

I. POR RAZÓN DEL ACTO.

a) Antecedente: cuando el acto no se ha realizado todavía.

b) Consiguiente: cuando el acto ya se ha realizado.

II. POR RAZÓN DE CONFORMIDAD CON LA LEY.

a) Verdadera: cuando dictamina de acuerdo con los principios objetivos de la moralidad, rectamente aplicados al acto.

b) Errónea: cuando dictamina en desacuerdo con la verdad objetiva de las cosas. Puede ser invencible (cuando el error no se puede disipar en modo alguno) o vencible (cuando el error no se disió por negligencia, tras haberse advertido de algún modo el error o duda en si era un error).

  • La conciencia objetivamente verdadera es de suyo la única regla subjetiva y próxima de los actos humanos.
  • La conciencia invenciblemente errónea puede ser accidentalmente regla subjetiva de los actos humanos.
  • La conciencia venciblemente errónea nunca puede ser regla subjetiva de los actos humanos, sino que es obligatorio disipar el error antes de obrar.
  • La conciencia invenciblemente errónea en la actualidad, pero venciblemente errónea en su causa, excusa del pecado actual, pero no del pecado en su causa.

III. POR RAZÓN DE LA RESPONSABILIDAD.

a) Recta: la que se ajusta al dictamen de la propia razón, aunque no coincida, acaso, con la realidad objetiva de las cosas.

b) No recta: la que no se ajusta al dictamen de la propia razón, aunque coincida, acaso, con la verdad objetiva de las cosas.

  • La conciencia recta siempre ha de ser obedecida cuando manda o prohíbe, y siempre puede seguírsela cuando permite.
  • No es lícito jamás obrar con conciencia no recta, o sea, contra el dictamen de la propia conciencia.

IV. POR RAZÓN DEL DICTAMEN.

a) Preceptiva: impone o manda la acción.

b) Consiliativa: aconseja la acción.

c) Permisiva: permite la acción.

d) Prohibitiva: impone la obligación de omitir la acción.

V. POR RAZÓN DEL ASENTIMIENTO.

a) Cierta: emite dictamen de manera firme y categórica, sin miedo a equivocarse.

b) Dudosa: vacila sobre la licitud o ilicitud de la acción, sin determinarse a emitir dictamen.

c) Perpleja: cree pecar tanto si se realiza como si se omite la acción.

VI. POR RAZÓN DEL MODO HABITUAL DE JUZGAR.

a) Escrupulosa: por insuficientes y fútiles motivos cree que hay pecado donde no lo hay, o que es grave lo que sólo es leve.

b) Delicada: juzga rectamente de la moralidad de los actos humanos extendiendo su mirada hasta los detalles más pequeños.

c) Laxa: bajo fútiles pretextos o razones del todo insuficientes, considera lícito lo ilícito, o leve lo grave.

d) Cauterizada: por costumbre invertebrada de pecar, no le concede ya importancia alguna al pecado y se entrega a él con toda tranquilidad y sin remordimiento alguno.

e) Farisaica: es una extraña mezcla de la escrupulosa y la laxa, hace grande lo pequeño y pequeño lo grande. No tiene inconveniente en cometer una grave falta mientras le ocasiona gran preocupación otra leve.

Notas: a) Imagen del encabezamiento: FranzXaverBirkinger_ChicksAndaButterfly (Fuente: https://artvee.com/). b) Texto elaborado a partir de extractos resumidos de: ROYO MARIN, Antonio. Teología moral para seglares (1964).

  1. Santo Tomás, De veritae 17, I. ↩︎

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